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1 comentario:
Anónimo
dijo...
CIRCULAR 011
PARA: PERSONAL ADMINISTRATIVO DE: JEFATURA DE PERSONAL ASUNTO: CONDUCTO REGULAR FECHA: MARZO 27 DE 2009
Los estatutos de la Corporación Universidad Libre Seccional Pereira son claros cuando anuncia en su Art 9 las personas con autoridad dentro de la institución, por lo cual ninguna persona puede comprometer el nombre de la Universidad Libre ante terceros, sin contar con la autorización expresa y escrita del Delgado Personal del Presidente Nacional. Así mismo no se podrán dar órdenes al personal contratado con la firma Seleccionemos y Servicios y Asservi Ltda., ya que la Universidad no es el patrono de estas personas y deberá seguirse el conducto regular con el Dr. Giovani Arias Jefe de Personal como interventor del contrato y la Dra. Paula Andrea Flórez Psicóloga Gestión Humana. Igualmente el manejo del personal de planta en cuanto a permisos, cambios de horario, traslado y demás situaciones relacionadas con los puestos de trabajo deben ser tratados y aprobados por el Jefe de Personal. De igual manera, se le recuerda a todo el personal que deben informar a esta dependencia los traslados entre sede y sede tanto de los titulares de proceso como del personal a cargo, de lo contrario cada titular de proceso asumirá la responsabilidad de mencionada situación. Finalmente y realizando un llamado a la funcionalidad de las áreas, se exige el cumplimiento del horario laboral tanto de los titulares de proceso como del personal a cargo, la funcionalidad de las dependencias, la diligencia de las mismas y la oportuna y confiable información que debe brindar cada una de las áreas de la Universidad.
Atentamente,
GIOVANI ARIAS Jefe de Personal Secretario Seccional Jurídico
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CIRCULAR 011
PARA: PERSONAL ADMINISTRATIVO
DE: JEFATURA DE PERSONAL
ASUNTO: CONDUCTO REGULAR
FECHA: MARZO 27 DE 2009
Los estatutos de la Corporación Universidad Libre Seccional Pereira son claros cuando anuncia en su Art 9 las personas con autoridad dentro de la institución, por lo cual ninguna persona puede comprometer el nombre de la Universidad Libre ante terceros, sin contar con la autorización expresa y escrita del Delgado Personal del Presidente Nacional.
Así mismo no se podrán dar órdenes al personal contratado con la firma Seleccionemos y Servicios y Asservi Ltda., ya que la Universidad no es el patrono de estas personas y deberá seguirse el conducto regular con el Dr. Giovani Arias Jefe de Personal como interventor del contrato y la Dra. Paula Andrea Flórez Psicóloga Gestión Humana.
Igualmente el manejo del personal de planta en cuanto a permisos, cambios de horario, traslado y demás situaciones relacionadas con los puestos de trabajo deben ser tratados y aprobados por el Jefe de Personal.
De igual manera, se le recuerda a todo el personal que deben informar a esta dependencia los traslados entre sede y sede tanto de los titulares de proceso como del personal a cargo, de lo contrario cada titular de proceso asumirá la responsabilidad de mencionada situación.
Finalmente y realizando un llamado a la funcionalidad de las áreas, se exige el cumplimiento del horario laboral tanto de los titulares de proceso como del personal a cargo, la funcionalidad de las dependencias, la diligencia de las mismas y la oportuna y confiable información que debe brindar cada una de las áreas de la Universidad.
Atentamente,
GIOVANI ARIAS
Jefe de Personal
Secretario Seccional
Jurídico
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